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Ya comenzó enero, ¿estás listo para declarar el RDEP?

Con el cierre del año fiscal el 31 de diciembre, comienza uno nuevo, pero las obligaciones del año anterior no han terminado. Entre estas estas se encuentra la declaración del Anexo de Retenciones en la Fuente Bajo Relación de Dependencia correspondiente a todo el año fiscal, y que de manera obligatoria debe presentarse en el primer mes del año fiscal siguiente, es decir, en enero. 

Diciembre llegó a su fin al igual que el 2021, finalmente puedes tomarte un respiro luego de un año con muchas complicaciones por la pandemia. Sin embargo, no pierdas de vista que, si eres empleador, entonces es obligatorio que presentes el Anexo de Retenciones en la Fuente Bajo Relación de Dependencia (RDEP), o de lo contrario podrás recibir una sanción o multa. 

Si no estás seguro de que es el RDEP, entonces te invitamos a leer el artículo que publicamos recientemente para que te ayude a entenderlo. 

Al igual que en los últimos años, el anexo debe presentarse durante el mes de enero de acuerdo al último número del RUC del empleador. Para la declaración del año fiscal 2021 debes tener en cuenta que, según tu número de RUC, podrás presentar el anexo hasta: 

Último número del RUC  Día de declaración 
1  10 de enero 
2  12 de enero 
3  14 de enero 
4  17 de enero 
5  18 de enero 
6  20 de enero 
7 y 8  24 de enero 
9  26 de enero 
0  28 de enero 

 

Ten en cuenta que, si una de estas fechas cae en un día de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, entonces la obligación se traslada al siguiente día hábil, a menos de que este sea en el próximo mes, en cuyo caso se traslada al último día hábil del mes de vencimiento.